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martes, 23 de abril de 2024
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OPINION: Jugársela, no ser tibios y defender las dos vidas

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Escribe: Dr. Franco Canepare, juez de Faltas Municipal

 

 

Ante el inminente tratamiento por el Senado de la Nación, del Proyecto sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), el cual ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, en estas breves líneas pretendo -humildemente- desde mi lugar de ciudadano, dejar una reflexión sobre el tema, de lo que creo es una afrenta a la dignidad de la persona humana.

Se que estas palabras cosecharan posturas a favor y en contra de lo que expreso, pero la verdad, siento la necesidad de hacerlo, no puedo mantenerme indiferente, mi conciencia no me lo perdonaría.

De más está decir, que, en un país republicano y democrático, a todos nos asiste el derecho de expresar libremente nuestras ideas, tal vez, una de las conquistas mas importante desde la restauración de la democracia y desde ese lugar es que pretendo hacerlo, confiando en que quien no comparta estas ideas, puede no leerlas o bien rebatirlas, pero con respeto y haciéndolo, por su puesto, como únicamente puede ser, de manera fundada.

Lo que a continuación expresaré, es mi más profunda convicción sobre el valor de la vida, la cual entiendo debe ser respetada y protegida en todo momento, sin cortapisas, desde la concepción hasta la muerte natural.

El proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional, al que con gran eufemismo han denominado “Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo”, no es otra cosa que una Ley de Fomento del Aborto, que estigmatiza al niño por nacer, lo convierte en una cosa para luego desecharlo bajo el lema de la “ampliación de derechos”.

En realidad, este proyecto, se erige sobre unabanico de premisas falsas, lógicamente, porque es la única manera con la que se puede impulsar una iniciativa que en forma directa y sin ambages atenta contra el principio de inviolabilidad de la persona humana, consagrado en los tratados internacionales y nuestra Constitución Nacional (art. 75 inc. 22).

Argumentos científicos, médicos, jurídicos, éticos, filosóficos, religiosos, históricos, sociológicos, antropológicos han sido expuestos en defensa de las dos vidas.

No pretendo agotarlos, ni mucho menos colocarme en el lugar de especialista, sino, tan solo reflexionar sobre aquellos que considero más importantes o sobresalientes para defender las dos vidas y dejar expuestas las inconsistencias deeste proyecto, que ante todo se muestra insensible e inhumano.

 

  1. Inconstitucional e Inconvencional. Fin Ilegítimo.

En primer término, debemos decir que una cosa es impulsar la despenalización de la conducta de la mujer que se somete a un aborto y otra muy distinta es una ley que lo promueva, lo financie, lo garantice sin límites y lo imponga arbitrariamente como un mandato de orden público en todo el País, a las Provincias y Municipios.

 

Es incontitucional e inconvencional porque con la reforma constitucional del año 1994, el Derecho a la Vida se protege desde la “concepción”. Así, el artículo 75 inc. 22 de la CN otorga jerarquía constitucional a diversos tratados internacionales sobre derechos humanos y entre ellos a la Convención de los Derechos del Niño, cuyo artículo 1° define  como niño a  todo ser humano menor de 18 años de edad, a lo que la República Argentina le sumó como declaración unilateral al momento de ser incorporado a nuestro derecho interno a través de la Ley 23.849 que es niño desde la “concepción” y hasta los 18 años de edad.

Como he dicho antes de ahora, no puede existir un “derecho a la vida” CONDICIONADO a si es “querido” o “deseado”.

El Derecho al Aborto no encuentra recepción en nuestro derecho interno o externo constitucionalizado.

Como tampoco es constitucionalmente válido y aceptable la doctrina de la “personificación progresiva” que se encuentra receptada en el proyecto. Porque justamente se es persona desde la concepción, sin distinción de etapas o viabilidad del feto.

Es “sujeto” desde el primer instante de la concepción.

Según este proyecto, hasta la semana 14 el aborto es libre, o sea, hasta la semana 14, NO ES PERSONA, NO ES NIÑO, SINO UNA “COSA”.

Pero a la semana 15, con tan solo 7 días de diferencia, el aborto se restringe (relativamente) porque de repente se personifica y es merecedor de la protección del estado.

No se puede ser y no ser. No se puede ser persona a la semana 15 y antes no serlo

La GRADUALIDAD es contradictoria y lesiva del derecho a la vida de ese niño por nacer.

El proyecto, además de ser flagrantemente inconstitucional e inconvencional, posee un FIN ILEGITIMO, que es procurar la muerte de la persona por nacer, teniendo como norte la defensa de intereses individuales de un grupo minoritario que no representa a los habitantes de nuestra Nación y de cada una de las Provincias Argentinas.

El estado debería preocuparse para hacer viable las dos vidas y no solo una de ellas. Ese es su deber y responsabilidad.

En un Estado de Derecho “nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.

La deuda que el Estado tiene con las mujeres, nada tiene que ver con el aborto. Esa es una de las falsas premisas que posee este proyecto. Las mujeres requieren de un Estado que trabaje en políticas activas que tiendan a reducir la desigualdad de géneros, a lograr una mayor equidad en los distintos ámbitos de la vida, pero en absoluto, podemos compartir que la desigualdad económica, social, familiar, etc. de la mujer embarazada, que transita un embarazo no deseado o no querido se soluciona con la muerte del nuevo ser. Eso es falso y profundamente inhumano.

 

  1. Violación de las Autonomías Provinciales y la Cláusula Federal. Financiamiento.

Otra de las inconstitucionalidades que posee la media sanción del proyecto, es su artículo 21° el cual indica “Las disposiciones de la presente ley son de orden público y de aplicación obligatoria en todo el territorio de la República Argentina.”.

Conforme el artículo 1° de la CN la “Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, lo que significa que las Provincias como entes preexistentes a la Nación, se reservan los poderes y facultades no delegados al Estado Nacional, entre los que se encuentra la materia de “salud pública” y sobre la cual existe un cierto de grado de concurrencia cuando se propician medidas nacionales destinadas a su protección.

Claramente, este proyecto implica una invasión de competencias no delegadas por las Provincias a la Nación, al legislar sobre un supuesto derecho que impacta de lleno en el sistema sanitario de las provincias y sus municipios.

Ello así, toda vez que, la nación legisla el derecho al aborto, pero la ejecución de la ley y su financiamiento recae en los gobiernos locales. Algo inadmisible.

Significa, que la Provincia de Buenos Aires a través de los Hospitales Provinciales y el Municipio de Bolívar mediante sus 3 Hospitales Municipales deberán proveer al cumplimiento de la Ley, contemplando en sus presupuestos un financiamiento específico para los gastos que demande su ejecución.

Ergo, parte de las tasas que abonamos cada uno de los contribuyentes de la Municipalidad de Bolívar irán destinados a financiarun mecanismo de exterminio de seres humanos. Pretenden que los servicios médicos y hospitalarios de las 24 provincias y de los más de 2500 municipios del país estén al servicio de semejante despropósito.

En síntesis, este proyecto es propio de un Estado Unitario, no Federal, como el nuestro.

 

  1. Salud Pública. Derecho a la Vida.

Incansablemente he escuchado decir que el aborto es un problema de salud pública.

Es inadmisible, desde el punto de vista que se lo quiera analizar, que la “salud integral de la mujer” se resguarde con el aborto, es decir, mediante la aniquilación o supresión del niño por nacer.

Como se puede combatir un problema de salud púbica promoviendo la muerte y la supresión del niño o niña por nacer.

El embarazo no es una enfermedad.

El embarazo no afecta la salud de madre.

El Estado tiene el deber constitucional de proteger y acompañar a la mujer gestante mediante programas y acciones que permitan que el embarazo llegue a término y luegode dar a luz, brindarle al niño y a la madre las prestaciones esenciales para un desarrollo pleno. (artículo 75 inc. 23 de la Constitución Nacional).

 

La realidad es que el proyecto esconde intereses espurios como pretenden combatir la “mortalidad infantil”  (artículo 1° del Proyecto) o la “pobreza” en la que se encuentran inmersos millones de niños y niñas en nuestro País, matando a los niños por nacer, cuya práctica puede llegar en algunos casos a ser utilizada hasta en el noveno mes de gestación.

Quienes sostienen el argumento de la salud pública, como fundamento basal del aborto,no pueden explicar, en forma razonable y lógica como la vida existente en el seno materno la pueden transformar en “cosa” hasta la semana 14. Es una construcción basada en las doctrinas filosóficas que sustentan el Hedonismo o elUtilitarismo de Bentham y de Mill.

Este proyecto inescrupuloso, nada tiene que ver con el pueblo argentino, con su historia, su cultura, su defensa inquebrantable de la vida.

 

  1. Discriminación. Derecho a la Vida del Niño por Nacer. Derecho al Goce.

El aborto en sí mismo, es un hecho trágico, traumático, sea legal o ilegal, porque se suprime una vida humana.

No constituye un derecho humano que un humano, pueda decidir sobre la vida de otro humano, que en este caso, es el más vulnerable de todos, el que no se puede defender por sí mismo y por tal motivo requiere del Estado para que lo proteja.

Me pegunto ¿En este proyecto, quien defiende al niño por nacer?

Porque todo el proyecto esta estructurado en procurar un derecho sin límites de la mujer sobre su cuerpo, pero el niño no es parte de su cuerpo. Es un nuevo, único e irrepetible ser humano, con un ADN propio, con signos vitales, que se está gestando en su vientre, al cual se lo reduce a una “cosa”.

El proyecto, de manera insensible e inconstitucional, niega subjetividad humana al niño por nacer.

Inconcebiblemente el Estado no solo lo deja desprotegido, sino que lo ataca y allana el camino poniendo el aparato estatal y sanitario para procurar su destrucción.

Adentro del vientre de la mujer hay vida y debe ser respetada.

En esta senda interpretativa, no puede haber ampliación de derechos (derecho al aborto), cuando lo que está en juego es la vida de otro ser humano.

Se pretende poner el derecho de la mujer sobre su cuerpo por encima del derecho a la vida de otra persona y otro cuerpo, que es el del niño por nacer.

Sin entrar en disquisiciones doctrinarias, me limito a decir que estamos en presencia de Derechos Inelásticos (hay 2 vidas en juego) y ante ello, las teorías de la ponderación de derechos o de la proporcionalidad no son aplicables, porque en este conflicto de derechos, un sujeto desaparece. Ello únicamente es posible cuando se confrontan derechos elásticos (derecho de libertad de expresión, el honor, la intimidad, a trabajar, a ejercer el comercio, a transitar, etc.) y aquí no es el caso.

Ingresando en el ámbito de la discriminación, digo que el proyecto discrimina por el origen del embarazo, según se trate de un embarazo “deseado” o “querido” o “no deseado” o “no querido”.

Brindando al hijo deseado, el derecho a la vida y al no deseado, un único camino: el aborto.

Llamativamente, el proyecto no da opciones. Solo el derecho a abortar y no a decidir. La mujer no decide, porque ya lo hizo el Estado por ella. Si no es deseado, se aborta.

Tal es la radicalidad del proyecto, que se impide el acompañamiento, la mujer decide sola y las “consejerías” cuya creación se dispone, están destinadas a garantizar la realización del aborto únicamente. Por ello, la ley es inhumana e indigna.

¿Por qué no dar la posibilidad de que la mujer llegue con su embarazo a término? Con el acompañamiento profesional adecuado y en su caso posibilitando legalmente y sin obstrucciones burocráticas que durante el proceso gestacional, la madre pueda darlo en adopción. Cosa que no se permite.

El proyecto, es extremista porque se desentiende del niño por nacer no deseado y privilegia el “deseo” de la mujer a disponer de su cuerpo, admitiendoúnicamente la interrupción del embarazo.

En definitiva, subordina el derecho a la vida del niño por nacer, ¡¡al deseo de la mujer!!

 

  1. Criminalización del Personal de Salud y Objeción de Conciencia.

Por último, no puedo dejar de mencionar, un aspecto no menor y que tendrá gravitación sobre el personal de salud de nuestros hospitales municipales “Miguel L. Capredoni”, “Juana G. de Miguens” y “Rodolfo Pirovano”.

Con esto, quiero hacer ver que el proyecto no es lejano a los intereses locales, a nuestros vecinos, contribuyentes y por sobre todas las cosas a nuestro personal de salud, comprendiendo al personal médico y no médico (obstetras, enfermeras y enfermeros, instrumentistas, etc.) directores y jefes de servicios.

Como una primera aproximación al tema, diremos que el proyecto con media sanción de la Cámara de Diputados, criminaliza al personal de salud.

Hete aquí, el carácter autoritario del mismo, sancionando a quienes no cumplan con los deberes impuestos, no con una sanción civil, disciplinaria o administrativa, sino con el peso del derecho penal.

El personal de salud, médicos y no médicos podrán ser objeto de persecución penal, previéndose la condena de prisión e inhabilitación para ejercer su profesión o actividad.

Reza el proyecto de nuevo artículo 85 bis propiciado en el proyecto de ley “Será reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena la autoridad de un establecimiento de salud o profesional de la salud que dilatare, obstaculizare o se negare a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados. La pena se elevará de uno (1) a tres (3) años si, como resultado de la conducta descripta en el párrafo anterior, se hubiera generado perjuicio en la vida o la salud de la mujer o persona gestante.”.

En relación a la objeción de conciencia, el proyecto restringe el mismo a los profesionales de la salud, y excluye al personal no profesional.

Es decir, que, según el proyecto, los enfermeros o enfermeras no profesionales, los instrumentistas, las o los obstetras, etc. no tienen derecho a ser objetores de conciencia y de esa forma negarse a practicar un aborto.

Esto es grave y atenta contra la dignidad de nuestros agentes sanitarios.

Estamos ante un proyecto no solo inoportuno, sino malo en su propósito.

En nuestro País, la protección de la vida se encuentra profundamente arraigada en nuestra cultura y en nuestra organización institucional.

Las Provincias y los Municipios se verán obligados a aplicar una ley y financiarla con recursos propios, debiendo los contribuyentes, aun quienes no aceptamos esta iniciativa, aportar con los impuestos y tasas a la financiación de los insumos y gastos hospitalarios.

Y en este sentido, me permito la digresión y pensarporque no se me debería respetar mi derecho a ser “objetor de conciencia” como contribuyente.

¿Por qué lo que yo pago en impuestos provinciales o tasas municipales deben ir a financiar una práctica contraria a la vida?. ¿Qué obligación constitucional existe? Lo dejo para el debate.

Pero mas allá de eso, vuelvo a reiterar que lo que esta en juego es la dignidad de la persona humana y en concreto la de niño por nacer, de la cual el estado no solo se desentiende, sino que lo ataca hasta procurar su muerte.

En nuestro País, los esclavos fueron las últimas personas humanas en ser tratadas como “cosas” y por tal motivo, objeto del comercio.

Si bien, la esclavitud fue abolida hace exactamente 207 años, por la Asamblea General Constituyente del año 1813, al prohibir la comercialización de esclavos y definitivamente consagrada en la Constitución de 1853, este proyecto retrocede en nuestra historia, colocándonos en tiempos preconstitucionales.

Inexplicablemente y sin rasgarse las vestiduras, volvemos a cosificar al ser humano, de la manera mas deleznable. Dado que, a diferencia de los esclavos a quienes no se les negaba el derecho a vivir e incluso fue proclamada la libertad de vientres a las esclavas, aquí si se le niega al niño por nacer.

Que no nos quieran hacer creer que este proyecto nos pone a nivel de los países del primer mundo, que estamos atrasados, que somos conservadores. Nada de eso es verdad.

Somos una Nación que aun busca bebes nacidos en cautiverio, que promueve la verdad, la memoria y la justicia. Se ha hecho mucho y resta por hacer, pero hagámoslo todos juntos, porque toda vida vale, aun cuando no haya sido un embarazo querido o deseado. La respuesta no puede ser matar, asesinar a un ser indefenso y vulnerable. Busquemos alternativas, seamos originales, hay opciones, las hay, claro que sí, podemos ser un mejor país, no imitemos legislaciones que nada tienen que ver con nuestra idiosincrasia y que no respetan la dignidad humana.

El aborto, es un problema humano y humanamente debemos buscar una respuesta que privilegie las 2 vidas y no una por sobre la otra.

Por tal motivo, cierro estas reflexiones apelando a que nuestros Senadores Nacionales por la Provincia de Buenos Aires y los representantes de las 24 Provincias voten en contra de esta media sanción, que voten con el corazón, pero por sobre todas las cosas que  representen los interés de los habitantes de sus provincias y no hagan caso al poder mediático, al lobby de las organizaciones internacionales que promueven el aborto y de quienes persiguen intereses económicos detrás de esta iniciativa.

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