11 de marzo de 2020

Información General

Información General. Se reglamentó una ley que incorpora licencia por violencia de género

Fue aprobada la reglamentación de la ley N° 14.893, la cual establece la licencia para mujeres víctimas de violencia en la jurisdicción bonaerense.


Por decreto N° 121/2020, publicado en el Boletín Oficial, se reglamentó la ley sancionada en el año 2017 sobre licencias para mujeres víctimas de violencias. La misma  establece una licencia destinada a todas las trabajadoras de la administración pública y a las sociedades de economía mixta con participación estatal cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan dentro de la provincia de Buenos Aires.


Dicha licencia consiste en la justificación de la ausencia total o parcial de una o varias jornadas laborales completas, o bien en permisos en la flexibilidad acerca del horario de entrada y salida durante la jornada de trabajo.


Podrán hacer uso de la misma aquellas mujeres trabajadoras víctimas de violencia entendiendo a la misma como toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial. Podrá ser pedida por la propia trabajadora o a través de una tercera persona ante la oficina de personal existente en el lugar donde se desempeñe.


Ante el inicio de la solicitud se deberán disponer medidas y acciones para el acompañamiento, seguimiento, información y abordaje integral a través de los organismos competentes.


Cada organismo de la administración pública provincial deberá conformar un equipo interdisciplinario integrado de acuerdo con criterios de idoneidad que serán establecidos por el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual.

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