25 de septiembre de 2024

POLÍTICA

POLÍTICA. Reformas judiciales en Bolívar: texto del proyecto de ley y fundamentos

Lo informó ayer el senador provincial Eduardo Bali Bucca en diálogo con este medio.

El senador provincial Eduardo Bali Bucca informó ayer a La Mañana sobre el ingreso de un proyecto de ley tendiente a suprimir el Juzgado de Paz Letrado de Bolívar y, en su reemplazo, crear un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y un Juzgado de Familia, lo que mereció una nota relativa a ello en nuestra edición de ayer. Damos a conocer hoy el texto completo de dicha norma en gestión y los fundamentos que le dan sustento a tal iniciativa.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY

ARTÍCULO 1º: Créase un (1) Juzgado de Familia, con asiento en la ciudad de San Carlos de Bolívar y con competencia territorial sobre el Partido Bolívar, del Departamento Judicial Azul.

ARTÍCULO 2º: Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, con asiento en la ciudad de San Carlos de Bolívar y con competencia territorial sobre el Partido de Bolívar, del Departamento Judicial Azul.

ARTÍCULO 3º: Conforme lo dispuesto por el artículo 172 de la Constitución Provincial y tercer párrafo del artículo 58º de la Ley 5827 "Ley Orgánica del Poder Judicial" (T.O. por Decreto N° 3.702/92 y las modificaciones posteriores introducidas), suprímase el Juzgado de Paz Letrado con asiento en el Partido de Bolívar. Esta disposición regirá a partir del efectivo funcionamiento del Juzgado Civil y Comercial, que por la presente se crea.

ARTÍCULO 4º: El magistrado actualmente titular del Juzgado de Paz Letrado de Bolívar, que por el artículo 3º se suprime, permanecerá en funciones y atendiendo las causas que tramitan ante dicho órgano judicial, hasta tanto asuma como Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.

ARTÍCULO 5º:Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a efectos del cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.


FUNDAMENTOS

El desarrollo y progreso de la ciudad de Bolívar en todos los órdenes, impone la necesidad de una organización judicial acorde con la misma.

En este sentido, es necesario adecuar el mapa judicial actual del Departamento Judicial Azul, atendiendo el crecimiento demográfico de las ciudades y su índice de litigiosidad, en pos de satisfacer las necesidades de la población, destinataria esta última del servicio de justicia.

En Bolívar, tanto el factor demográfico como la distancia que la separa de la cabecera del Departamento Judicial, además de los factores económicos, culturales, y también el creciente índice de litigiosidad en materia de familia y violencia familiar y de género justifican y dan soporte al presente proyecto.

El reconocimiento de la necesidad de creación de nuevos juzgados descentralizados fueron lo que llevaron oportunamente a la creación de Juzgados Civiles y Comerciales y de Familia en las ciudades de Tandil y Olavarría.

Luego de tantos años de funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado de Bolívar,estando por encima del promedio de causas existentes comparado con otros juzgados de paz de la zona, es lo que demuestra la necesidad que motiva su supresión y transformación en nuevos órganos judiciales especializados en la materia.

En virtud de ello, el presente proyecto tiene por objeto la creación de un Juzgado de Familia y un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial con asiento en la ciudad de San Carlos de Bolívar y con competencia territorial en el Partido homónimo.

Con esta propuesta se busca mejorar y optimizar el servicio de Justicia en el partido de Bolívar y la región. Este tipo de juzgados se especializa en el abordaje de todos los conflictos de índole familiar como divorcios, alimentos, regímenes de visitas y/o violencia de género, con equipos de peritos propios, que trabajan directamente en la resolución de los conflictos mencionados dándole celeridad a su tratamiento.

Actualmente la temática que debería abordar un juzgado especializado son llevadas adelante por el Juzgado de Paz son asiento en la localidad, que constituye la única instancia territorial del Partido de Bolívar, y que fue creado oportunamente para responder a una capacidad demográfica menor a la actual.

Con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial Argentino uno de los desafíos que se presenta a los jueces es asumir la consagración de los derechos humanos como fuente explícita del Derecho Civil y Comercial, y como criterio de interpretación, razón por la cuál entendemos que deben ser juzgados especializados en la materia los que desarrollen en la provincia de Buenos Aires dicho servicio de Justicia.

Si entendemos que el proceso civil tiene como objetivo principal la "resolución de conflictos", debemos darles las herramientas a la Justicia para poder abordarlo desde la especificidad de las materias que se necesitan.

De acuerdo a la información brindada por la Secretaria de Planificación de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en el Juzgado de Paz de Bolívar durante los últimos 10 años, y descontando las materias de familia en la que profundizaremos más adelante, las materias que mayor prevalencia de ingresos y sentencias tiene son los apremios (promedio 25% del total de causas del fuero civil y comercial); el cobro ejecutivo (promedio de 20% del total de causas del fuero civil y comercial); y mayormente los procesos de sucesiones ab intestado (promediando las 250 por año representando el 40% del total de las materias del fuero civil y comercial).

La actividad jurisdiccional cumple entre otras, una función social, por lo cual debe atender las necesidades básicas de pacificación social por medio de la solución justa de los litigios, contribuyendo consecuentemente en los comportamientos de quienes integran la sociedad, en la medida que ésta utiliza los canales de la jurisdicción para resolver los conflictos que nacen en su medio, y entendemos que esa resolución debe estar dada por órganos específicos y con las herramientas adecuadas para las materias que conllevan, razón por la cual entendemos que es fundamental que el Juzgado de Paz pase a convertirse en Civil y Comercial en la ciudad de Bolivar.

Ahora bien, en la la misma perspectiva que lo mencionando, pasamos ahora a analizar los datos brindados por la Subsecretaria de Estadísticas de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en relación a la materia Familia, en los últimos 10 años hubo un incremento de las causas que lleva adelante el Juzgado de Paz de Bolívar en referencia a materias que corresponden al fuero de Familia. En el año 2014 de 1629 causas 738 correspondían a materias de Familia, lo que represento un 48%. En el año 2019 de un total de 1973 expedientes tramitados, 1314 correspondieron a familia, representando un 66.5%. En el año 2023 de 1572 causas llevada adelante por el Juzgado de Paz de Bolívar, 915 correspondieron al fuero de familia (incluyendo siempre allí las relativas a violencia familiar y de genero) correspondiendo a un 58% del total. Estos datos duros muestran la necesidad de la creación del fuero especializado en el Partido de Bolívar.

Los Juzgados de Paz, en la realidad son un "multifuero", no estando naturalmente especializado en una materia, sin un equipo interdisciplinario, en donde emerge la problemática de la falta de un asesoramiento jurídico cabal. Un Juzgado de Paz, al ser multifuero, se ocupa de una larga lista de materias como apremios, infracciones, contravenciones, usucapiones, desalojos, ejecución alquileres, sucesiones, daños y perjuicios y en el último tiempo se vieron incrementada su labor por el incremento de la demanda en materias originadas en cuestiones del Derecho de Familia.

La Justicia de Paz está orientada a llevar adelante materias de índole Civil y Comercial, el art. 172 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece "La Legislatura establecerá juzgados de Paz en todos los partidos de la Provincia que no sean cabecera de departamento judicial, pudiendo incrementar su número conforme al grado de litigiosidad, la extensión territorial y la población respectiva. Serán competentes, además de las materias que les fije la ley, en faltas provinciales, en causas de menor cuantía y vecinales...".

En el último tiempo, producto del reconocimiento, concientización y lucha de diferentes sectores de nuestra sociedad se vieron incrementados los casos relacionados con cuestiones del Derecho de Familia, han crecido de manera exponencial las denuncias por violencia familiar y de género, y la respuesta del Estado no puede quedar estanca, teniendo las mismas herramientas y dispositivos que hace 20 años atrás, los ciudadanos y ciudadanas del Partido de Bolívar si hoy quieren buscar una respuesta judicial con abordaje especifico e interdisciplinario por parte de la Justicia, deben dirigirse a los Juzgados de Familia y dependencias de Olavarría.

La creación de un Juzgado de Familia en la ciudad de Bolívar sería de mucha utilidad para la comunidad, se estaría dando la posibilidad de obtener una rápida respuesta por parte de la Justicia, lograr una mayor eficacia a las causas, dada la especialidad del órgano, como así también lograr un trabajo en red con diversas instituciones de la localidad y los órganos del Poder Ejecutivo Local.

El Poder Judicial, como prestador del servicio público de Justicia, debe garantizar el derecho de acceso a la justicia a través de un proceso que brinde efectivas respuestas a las diferentes demandas que nuestra sociedad realiza.

El acceso a la Justicia está consagrado en nuestra Constitución Provincial en su art. 15 que expresa "La Provincia asegura la tutela judicial continua y efectiva, el acceso irrestricto a la justicia, la gratuidad de los trámites y la asistencia letrada a quienes carezcan de recursos suficientes y la inviolabilidad de la defensa de la persona y de los derechos en todo procedimiento administrativo o judicial.

Las causas deberán decidirse en tiempo razonable. El retardo en dictar sentencia y las dilaciones indebidas cuando sean reiteradas, constituyen falta grave."

El acceso a la Justicia es un derecho humano que no puede sufrir barreras burocráticas ni económicas por parte del Estado.

Entendiendo que debe ser nuestra labor gestionar más y mejores herramientas para acercar soluciones a las problemáticas que la sociedad demanda, es que entiendo resulta necesaria la creación de un nuevo órgano judicial especializado en la materia de Familia en la localidad de Bolívar.

Por todo lo expuesto, solicito a los Senadores y Senadoras que acompañen con su voto la presente iniciativa.


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